Comisiones y Plazos de Pago


Mes de Setiembre de 2010
Comisiones y Costo del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio

INTEGRA HORIZONTE PRIMA PROFUTURO
Comisión
1.8%
1.95%
1.75%
2.30%
Prima de Seguro
1.03%
1.11%
1.06%
1.26%
Aportes al Fondo de Pensiones 10.0%
Tope para aplicar la Prima de Seguro
(vigente para Julio, Agosto y Setiembre)
S/. 7,426.94


Plazos de Pago

Sistema Privado de Pensiones (AFP)

El pago de aportes a AFP Integra debe realizarse en los primeros 5 días útiles del mes, en cualquiera de nuestros bancos recaudadores: BIF, Continental, BCP, Interbank y Scotiabank.

Plazo para el pago sin recargo de intereses con efectivo o cheque Hasta el 07 de Octubre de 2010
Presentación de Declaración Sin Pago Hasta el 07 de Octubre de 2010
Cancelación de la Declaración Sin Pago al 50% de intereses Hasta el 22 de Octubre de 2010
Cancelación de la Declaración Sin Pago al 80% de intereses Hasta el 22 de Noviembre de 2010


Pagos a Sunat por Impuestos, Essalud y ONP

Periodo Tributario Fecha de Vencimiento según el último dígito del RUC
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Buenos Contribuyentes
0,1,2,3 y 4 5,6,7,8 y 9
Setiembre-2010
14/10 15/10 18/10 19/10 20/10 21/10 22/10 25/10 12/10 13/10 27/10 26/10

Avisos de Interés

A partir de la segunda quincena del mes de julio, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo iniciará operativos de inspección laboral a fin de verificar el cumplimiento de las normas referidas a la jornada de trabajo y al trabajo en sobretiempo.

En tal sentido, será importante que la empresa verifique la existencia de la siguiente información:

  • El registro de control de asistencia en el cual deben figurar los trabajadores de la empresa, el personal que preste servicios bajo el régimen de Modalidades Formativas Laborales y el personal destacado o desplazado en el mercado en el marco de un contrato de tercerización o intermediación laboral, respectivamente. Cabe precisar que el referido documento deberá contener todas las formalidades previstas en la normatividad laboral vigente.
  • La relación de los trabajadores calificados como personal de dirección, trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes, así como el procedimiento seguido para su calificación y la información que la sustenta. Esta información será relevante para efectos de sustentar la existencia de personal no sujeto a una jornada máxima de trabajo ni obligado al control de asistencia.
  • La política o el procedimiento para el reconocimiento del trabajo en sobretiempo al interior de la empresa, consignada en el Reglamento Interno de Trabajo y/o en directivas internas de la empresa.
  • Convenios de compensación de horas extras con días de descanso, celebrados con los trabajadores.
  • La publicación, en un lugar visible, del horario y la jornada de trabajo.