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Trámite de Herencia

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Los herederos de un afiliado fallecido pueden retirar todo el dinero de la cuenta si no existiera alguno de los siguientes beneficiarios:
- Cónyuge o concubino(a)
- Hijos menores de 18 años y/o hijos inválidos y/o que sigan estudios de nivel básico o superior, de manera ininterrumpida.
- Padre del afiliado mayor de 60 años de edad y/o madre del afiliado mayor de 55 años de edad y dependiente económico del afiliado o inválidos.
Si existiera Excedente de Pensión*, también se entregará a los herederos.
* En caso el capital acumulado sea más que suficiente para otorgar las pensiones de sobrevivencia, la diferencia constituye Excedente de Pensión y puede ser solicitado por los herederos.
Requisitos
Acreditar con documentos ser herederos del titular.
Los herederos o su representante legal presentan la solicitud de herencia.
Recibirán el saldo acumulado en un solo pago.
Documentos
- Acta de defunción emitida por RENIEC - Plataforma RENIEC con código QR.
- copia simple de la sucesión intestada, testimonio de la declaratoria de herederos o testamento.
- DNI del o los herederos
- Copia Literal emitida por SUNARP de la declaratoria de herederos, sucesión intestada o testamento - trámite realizado en la página de SUNARP.
- Documento del banco donde se realizará del desembolso. debe figurar los datos de la cuenta personal (Nombre del banco, nombre del titular d ela cuenta, tipo de cuenta, N° de cuenta).
Trámite
- Comunícate con nosotros para solicitar tu cita e iniciar tu trámite, llamando al (01) 391- 3656, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Descargar
Guia Informativa_Evaluación y Calificación de Invalidez y Herencia - PDF (2.98 MB)
Solicitud de Herencia - PDF (147 KB)