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Preguntas Frecuentes acerca de Elección de Comisión
¿Qué es la comisión?Es el porcentaje de tu sueldo que pagas a la AFP por la administración de tu Fondo de Pensiones, para que tu AFP invierta tu dinero y genere rentabilidad para tu futura Pensión de Jubilación.
¿Cómo se calculan los aportes obligatorios a la AFP al 31 de mayo de 2013?Los aportes a la AFP se calculan de la siguiente manera:
La comisión por administración cambiará su estructura a partir de junio de 2013. Te recomendamos informarte para decidir cuál es la estructura que más te conviene. ¿Cómo se calcularán los aportes obligatorios a la AFP a partir de junio de 2013?El Aporte al Fondo y la Prima de Seguro seguirán siendo un porcentaje de tu remuneración mensual; sin embargo, la comisión por administración de tu Fondo será una comisión mixta, es decir, tendrá dos componentes:
Sin embargo, si deseas continuar en el esquema de comisión sobre el flujo (sueldo), como hasta ahora, podrás manifestar tu decisión desde el 2 de enero hasta el 31 de mayo de 2013. La nueva comisión se aplicará sobre la remuneración que percibas a partir del mes de junio de 2013. De existir aportes pendientes de pago por periodos anteriores a junio 2013, se les aplicará la comisión vigente en su oportunidad. ¿Qué es la comisión sobre el flujo?Es un porcentaje de tu remuneración mensual que pagas a la AFP por la administración de tu Fondo de Pensiones.
¿Qué es la comisión mixta?Es un mecanismo de migración progresiva para llegar al cobro de una comisión sobre el saldo únicamente. Para ello, temporalmente, el afiliado pagará una comisión que consta de dos componentes:
¿Podré mantenerme con una comisión que se aplique solo sobre el saldo de mi fondo acumulado?No, solo podrás elegir entre las siguientes opciones:
La Comisión sobre el Saldo correspondiente a la comisión mixta ¿se calcula sobre todo mi fondo acumulado desde que me afilié a la AFP?No, solo se calculará sobre el Fondo acumulado a partir de los aportes que realices por la remuneración que percibas en el mes de junio de 2013 en adelante. Los aportes realizados con anterioridad al mes de pago de los aportes de la remuneración de junio de 2013 y su rentabilidad, no serán considerados para el cálculo de la nueva comisión. ¿Todos los afiliados pueden elegir qué comisión pagar?No. Las personas que se afilien a una AFP a partir del 1 de febrero de 2013, serán asignadas automáticamente a la comisión mixta. A las personas que se encuentren afiliadas a una AFP antes del 1 de febrero de 2013, se les asignará a la comisión mixta a partir de la remuneración que perciban en el mes de junio de 2013 en adelante, excepto si deciden permanecer en la comisión sobre el flujo. ¿La proporción de los porcentajes de comisión se mantendrán en el tiempo?Los porcentajes de los componentes de la comisión mixta: comisión sobre el saldo y comisión sobre el flujo, variarán cada 2 años hasta enero de 2023, reduciendo paulatinamente la comisión sobre el flujo hasta llegar a 0.
¿Por qué se cambia la forma de pago de la comisión?El cambio se realiza de acuerdo a la Ley N° 29903 – Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) publicada el 19 de julio de 2012, que señala una nueva estructura de comisiones.
¿Cuál es la Base Legal para este cambio?
¿Cuál es el plazo para tomar la decisión?El plazo en el que podrás decidir mantenerte en la comisión sobre el flujo será desde el día 2 de enero hasta el día 31 de mayo de 2013.
¿Qué debo hacer para elegir mi comisión?
¿Cómo calculo cuál es el esquema de comisión que me conviene?Con el fin de que puedas comparar y evaluar los dos esquemas de comisiones, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante su metodología, ha diseñado una “Calculadora de Comparación de Comisiones”. Esta calculadora es un estimador del cobro de los esquemas de comisiones y sirve como herramienta de ayuda para la toma de decisión al momento de tu elección del esquema de comisión.
¿Qué ocurre si no informo mi decisión a mi AFP?La AFP, de acuerdo a ley, te asignará a la comisión mixta a partir de los aportes que realices por la remuneración que percibas en el mes de junio de 2013.
¿Puedo cambiar mi decisión?Si eliges la comisión sobre el flujo y cambias de opinión, tienes plazo desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre de 2013 para cambiar tu decisión por única vez, presencialmente en cualquiera de nuestros Centros de Servicio al Cliente a nivel nacional. Luego de presentar tu cambio de decisión en tu AFP, la aplicación de la comisión mixta será desde el mes de devengue siguiente al de tu nueva elección, realizándose el descuento del componente, comisión sobre el saldo, de manera retroactiva por los aportes que realizaste a partir de tu remuneración de junio de 2013. Si luego de dicho cálculo hubiera una diferencia a tu favor, se depositará en tu Cuenta de Aportes Voluntarios Sin Fin Previsional. Si elijo comisión sobre el flujo y no cambio mi decisión ¿pasaré alguna vez a comisión mixta o comisión sobre el saldo?No. De acuerdo a la normativa vigente, si eliges comisión sobre el flujo y no revocas tu decisión hasta el 30 de noviembre de 2013, te mantendrás en comisión sobre el flujo siempre.
Obtén mayor información ingresando a la sección de Reforma del Sistema Privado de Pensiones publicado en la web de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Información adicionalSi deseas realizar alguna consulta adicional respecto a Elección de Comisión, puedes comunicarte al 207-3607 en Lima o al 0-800-26100 en provincias (línea gratuita), de lunes a domingo de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.
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