Sistema Privado
Pensión de Jubilación

¿Qué es la Pensión de Jubilación?

La Pensión de Jubilación es un beneficio que tienes a partir de los 65 años de edad o en el momento en que cumples con los requisitos y condiciones para acceder a una Jubilación Anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).


¿Cómo se financia?

La Pensión de Jubilación se financia con el dinero que hayas acumulado en tu cuenta personal (Cuenta Individual de Capitalización - CIC). Ésta se forma con los aportes que hayas realizado durante tu vida laboral, la rentabilidad que hayan generado estos aportes, el valor del Bono de Reconocimiento (de ser el caso) y los Aportes Voluntarios que hayas realizado.


¿Qué beneficios tienes?

Al ser afiliado jubilado en el SPP tienes derecho a atenderte en ESSALUD. Todos los meses se retiene de tu Pensión de Jubilación, el equivalente al 4% como aporte a dicho régimen de modo que tú y tus derechohabientes tengan cobertura de salud.

Si eres afiliado y decides seguir trabajando después de tu jubilación puedes hacerlo, en cuyo caso te encontrarás exonerado de realizar aportes a la AFP. Si realizas aportes posteriores a tu jubilación, estos te serán devueltos.


¿Qué tipos de jubilación existen?

Jubilación por Edad Legal
Jubilación Anticipada Regular


Regímenes especiales de jubilación:

En el SPP existen 3 tipos adicionales de pensiones de jubilación para personas que habiendo pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), se encuentran en una AFP, con el fin de que puedan gozar del mismo beneficio pensionario, a través de un Bono Complementario que otorga el Estado para financiar la parte no cubierta por el saldo de la cuenta personal del afiliado. La Oficina de Normalización Previsional es el organismo encargado por Ley de verificar si cumples con los requisitos establecidos y de determinar tu acceso a este beneficio.

Estos tipos de jubilación son:

¿Cómo puedes iniciar el trámite de tu Pensión de Jubilación?


Debes solicitar la pensión formalmente ante AFP Integra con la presentación de una solicitud disponible en nuestros Centros de Servicio al Cliente y de los documentos que la ley establece.

El beneficio se genera desde el mes en que presentas la Solicitud de Pensión de Jubilación con los documentos de ley, siempre que ésta sea declarada conforme por la AFP. El primer pago de la pensión incluye las mensualidades devengadas desde el mes de presentación de la solicitud.

Si eres pensionista, debes acreditar tu supervivencia cada 6 meses, para lo cual puedes acercarte a cualquiera de nuestros Centros de Servicio al Cliente a fin de suscribir un Certificado de Supervivencia. En caso no pudieras acercarte a la AFP, contáctanos.

La acreditación de supervivencia es un requisito indispensable para el pago de la pensión. En caso de no ser presentada a tiempo, el pago de la pensión es suspendido hasta la regularización correspondiente.



Documento Informativo - Pensión de Jubilación 592kb


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