Sistema Privado
Modalidades de Pensión

Cuando te jubilas puedes elegir la manera cómo vas a recibir tu pensión. Hay cinco diferentes modalidades en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Éstas son: Retiro Programado, Renta Vitalicia Familiar, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Mixta y Renta Vitalicia Bimoneda.

En cualquiera de estas modalidades, la pensión se calcula con el capital que tienes en tu cuenta personal (Cuenta Individual de Capitalización - CIC) que está formado por el saldo acumulado de tus aportes, por el valor de redención de tu Bono de Reconocimiento (si es tu caso), el aporte adicional de la Compañía de Seguros (solo para los casos de Sobrevivencia e Invalidez) y, de ser el caso, por los Aportes Voluntarios que hayas efectuado y decidas mantener.

1. Retiro Programado

En esta modalidad puedes realizar retiros mensuales de tu cuenta personal hasta que el dinero de ésta se acabe.

El monto de la pensión se calcula por anualidades y se determina tomando en cuenta el dinero que hay en tu cuenta, la expectativa de vida que tengas, la de tus beneficiarios y una tasa de interés técnica que determina la AFP, en base a la información proporcionada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

La pensión se paga en 12 mensualidades en el año y al término de cada anualidad se recalcula.

En el Retiro Programado, el titular mantiene la propiedad del Capital para Pensión, pudiendo cambiar a otras Modalidades de Pensión: Renta Vitalicia Personal o Familiar, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, Renta Mixta, Renta Vitalicia Bimoneda, o productos complementarios dentro de las respectivas modalidades.


2. Renta Vitalicia Familiar

En esta modalidad contratas con una Compañía de Seguros el pago de una renta fija mensual hasta el fallecimiento del titular, y trasladas a la Compañía de Seguros seleccionada el saldo total del dinero de tu cuenta personal. Puedes elegir recibir tu pensión en Nuevo Soles o en Dólares Americanos.


3. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

En esta modalidad contratas con una Compañía de Seguros el pago de una Renta Vitalicia mensual hasta el fallecimiento del titular, para ser pagada a partir de una fecha futura, y recibes, en una etapa inicial, una Renta Temporal de la AFP.

Para esto, se traslada a la Compañía de Seguros seleccionada una parte del dinero de tu cuenta personal a fin de financiar la Renta Vitalicia futura. El saldo restante se mantiene en tu cuenta para el pago de la Renta Temporal.

La característica particular de esta modalidad es que la pensión durante la Renta Temporal puede ser equivalente, como máximo, al doble de la Renta Vitalicia que se difiere.


4. Renta Mixta


En la Renta Mixta se parte la Cuenta Individual de Capitalización ( CIC ) para que una parte se destine a una Renta Vitalicia no menor a la Pensión Mínima ( S/.484.17 ) a cargo de una compañía de seguros en Dólares, y el saldo se destine a la modalidad de Retiro Programado a cargo de la AFP en Nuevos Soles. Ambas pensiones se perciben de manera simultánea.


Características

Genera Pensión de Sobrevivencia en ambas modalidades.
Derecho de Herencia solo en cuanto al saldo que está en Retiro Programado.


5. Renta Vitalicia Bimoneda


La Renta Vitalicia Bimoneda consta de dos rentas vitalicias de manera simultánea en Nuevos Soles y Dólares a cargo de una misma compañía de seguros. Presenta iguales características que la Renta Vitalicia Familiar: genera Pensión de Sobrevivencia y no genera Herencia.



Los afiliados que deseen contratar la modalidad de Renta Mixta o Renta Bimoneda tendrán la posibilidad de elegir entre 3 opciones de participación del capital para pensión, de manera que una parte sirva establecer el monto de la pensión en Dólares americanos. Dichas opciones son las siguientes:

70% del Capital para pensión para establecer el monto de la pensión en Dólares americanos y 30% para determinar el valor de la pensión en Nuevos Soles.
60% del Capital para pensión para establecer el monto de la pensión en Dólares americanos y 40% para determinar el valor de la pensión en Nuevos Soles.
50% del Capital para pensión para establecer el monto de la pensión en Dólares americanos y 50% para determinar el valor de la pensión en Nuevos Soles.

Para ver el cuadro comparativo de las diferentes Modalidades de Pensión, haz click aquí.


6. Productos Adicionales

Además, existen los siguientes productos adicionales:

Periodos Garantizados: consiste en asegurar el monto de tu pensión por un periodo de 5, 10, 15, 20 ó 25 años, de manera que si falleces dentro de dicho periodo, tus beneficiarios reciben el mismo importe que recibías. Luego del término del periodo contratado, pasan a recibir el porcentaje de pensión que les corresponde por ley.

Cobertura total para tu cónyuge: donde la Pensión de Sobrevivencia para tu cónyuge equivale al 50%, 70% ó 100% de tu pensión, en reemplazo del 42% que le hubiera correspondido de acuerdo a Ley. Está disponible sólo si tu único beneficiario es tu cónyuge o concubino (a).

Renta Combinada: aplicable para los beneficiarios de invalidez y jubilación que sólo tengan a su cónyuge o concubino (a) como beneficiario (a) y contempla la posibilidad de elegir simultáneamente los productos “Periodos Garantizados” y “Cobertura Total para el cónyuge” de manera que durante el tiempo de Periodo Garantizado el beneficiario reciba el 100% de la pensión del afiliado y luego el porcentaje de Cobertura para el cónyuge pactado.

Derecho a Crecer: cuando en el grupo familiar existen hijos menores de 18 años sanos y cónyuge / concubino (a), el porcentaje de pensión del (la) cónyuge se incrementa de 35% a 42% al cumplir 18 años el último de los hijos beneficiarios sanos. Pueden existir padres más no hijos inválidos y se puede combinar con el producto “Periodos Garantizados”.

Gratificación Semestral: Forma de pago asociado al otorgamiento de una Modalidad Básica de Pensión mediante la cual la AFP y/o la Compañía de Seguros, según corresponda, distribuyen el monto anualizado de la pensión contratada en 14 pagos mensuales, según elección del afiliado o los beneficiarios. El pago por concepto de gratificación se otorga en los meses de julio y diciembre a aquellos que la contraten.

Formatos y/o formularios

Documento Informativo - Modalidades de Pensión y Productos Previsionales

1.2MB

 

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